Fuente: Argentina basketball – El letrado Andrés Gil Domínguez explica que el proceso legal realizado por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas está plagado de irregularidades y las resume. Se adjunta Resolución del Consejo Directivo
La Confederación Argentina de Básquet, por medio de la Resolución N° 1/2021 adoptada por el Consejo Directivo de forma unánime (ver adjunto), declara inaplicable la intervención de la Federación de la Provincia de Buenos Aires dispuesta por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y suspende la afiliación de la Federación por 180 días o hasta que el Director General de la DPPJ revoque su decisión anunciada el 26 de marzo a través de la Resol-2021-1221-GDEBA-DPPJMYDHGP. La decisión está relacionada a las numerosas irregularidades del debido proceso que se han detectado y a la forma en que el organismo ha desconocido el programa de Institucionalidad CAB que fue votado de forma unánime por el Consejo Directivo y ratificado por la Asamblea General Ordinaria.
Andrés Gil Domínguez, letrado de la CAB, resumió algunas de las irregularidades de la DPPJ que se encontraron en el proceso.
1-Se notificó a la Federación de la Provincia de Buenos Aires en un domicilio que hace 35 años no es el real, lo que se denomina un exceso ritual manifiesto.
2-Se aprovechó que la Federación de Buenos Aires no podía defenderse -al no estar notificada- para transformar una denuncia de irregularidad que debía ser probada en algo que aconteció de forma verdadera, sin generar proceso probatorio para demostrarlo.
3-Se designó como interventor a una persona que fue miembro de una comisión directiva anterior de la misma federación (Carlos Eugenio Navajas), algo que lo inhibe según las reglas vigentes.
4-Se aceptó como denunciantes a asociaciones que no tienen los papeles en reglas y algunas que ni siquiera existen registralmente en el ámbito de la Dirección General de Personas Jurídicas, como la de Necochea.
5-El mismo día que llamó a audiencia de conciliación para intentar alcanzar una solución razonable y alternativa a la intervención la DPPJ envió esa misma intervención a la Justicia para ser homologada, algo que viola el principio de buena fe y eventualmente violaría los deberes que debería cumplir el Director General de Personas Jurídicas como funcionario público.
6-Se rechazó sin fundamentos la intervención cooperativa de la CAB, desconociendo el programa de Institucionalidad votado en el nuevo Estatuto.
“Por todos estos motivos detallados en Resolución , algunos que violan principios legales e incluso los deberes de funcionario público, consideramos improcedente la decisión. Y también la vemos irrazonable porque, claramente, había otras medidas posibles antes de la intervención. Consideramos que todo se debe investigar pero de la manera correcta, no con un proceso arbitrario, plagado de irregularidades y con un manifiesto desconocimiento del nuevo Estatuto de la entidad madre del básquet argentino, como es el camino que ha seguido la Dirección General de Personas Jurídicas pese a nuestras advertencias. Acá no es contra nadie ni a favor de nadie. Sólo por la transparencia y el orden institucional. Por eso la Federación de Buenos Aires queda suspendida preventivamente e invitamos a los clubes a que sean adherentes de CAB, como pasó con Santa Fe, para poder seguir participando de las competencias nacionales”, completó Gil Domínguez.