San Luis autorizó la reapertura de gimnasios a partir del 17 de mayo

Fuente : Mercado Fitness – Ayer el Comité de Crisis de San Luis anunció que a partir del lunes 17 de mayo “estarán habilitadas las actividades deportivas y físicas en espacios cerrados” con un aforo máximo del 30%, de lunes a domingos de 6.00 a 20.00 horas, y según la terminación del DNI. Al mismo tiempo, se anunció la suspensión de las clases presenciales en toda la provincia.

“De estar cerrados sin una ni explicación a dejarnos abrir, es positivo para todos. Pero no tiene sentido la restricción por DNI, porque aún con los gimnasios cerrados en las últimas semanas la tendencia en el número de contagios siguió en alza, con lo cual es evidente que no somos el problema”, remarca Leonardo Aimone, dueño de The Gym.

“El Estado y nosotros –prosigue- debemos trabajar juntos para combatir esta pandemia mejorando la salud de las personas a través del ejercicio físico”. En esta línea Aimone añade: “Trabajamos profesionalmente, con criterios y protocolos estrictos, porque valoramos la salud y sabemos con base científica que somos una parte de la solución”.

Por su parte, Cristian Gridasow, propietario del gimnasio Taurus, de Villa Mercedes, opina: “Con las restricciones que nos imponen para abrir nos están matando igual. Porque los horarios picos del gimnasio son a las 19.00 horas en adelante. Ya nos ponen un 30% de aforo y encima el DNI. Así se hace imposible pagar sueldos, alquiler y vivir”.

Los gimnasios en toda la provincia de San Luis están cerrados desde el 17 de abril. Curiosamente, la semana pasada un grupo de gimnasios presentó ante el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia una demanda de inconstitucionalidad del artículo 6 del decreto 2038-JGM-2021 que impide el funcionamiento de gimnasios en lugares cerrados.

Con esta decisión del Gobierno, la medida cautelar solicitada se declararía cuestión abstracta. “Pero –explica la abogada Carolina Díaz Alba- de cualquier modo la Justicia deberá expedirse sobre la cuestión de fondo, que es la inconstitucionalidad del primer párrafo del artículo 6 del DNU del Gobernador y en caso de un fallo favorable, a futuro, el Poder Ejecutivo estaría restringido para tomar decisiones de ese tipo”.

Todo esto ocurre en la misma provincia, cuya Cámara de Diputados, en noviembre pasado, sancionó una ley que declaraba esencial a la actividad física. Ese proyecto, ingresado a través del Senado, fue aprobado por unanimidad por ambas cámaras. Luego, como el Poder Ejecutivo nunca de expidió al respecto, la ley obtuvo una promulgación de hecho.

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